Blog
- DONDE CONSEGUIR UN HIPOTECARIO SIN CONTRATO LABORAL Y CON INGRESO BAJO
- Mejoran los Créditos Hipotecarios
- ¿Se puede recuperar el pie si se atrasó la inmobiliaria?
- Pujante desarrollo de casas en Lampa
- Comunas con más disponibilidad de arriendos.
- Codeudor solidario v/s Aval en los contratos de arriendo.
- ¿Por qué los departamento nuevos siguen subiendo?
- Precios de arriendos en barrios universitarios de Santiago
- Consejos de Seguridad
- Comunas con la mayor oferta de departamentos nuevos
- Cómo comprobar la cobertura del servicio de internet en tu inmueble
- Ley Nº 21.461: devuélveme mi casa
- Venta de una propiedad con deuda hipotecaria
- Invertir en propiedades: lo que necesitas para no fallar
- Departamentos para inversión: las comunas más rentables
- ¿Invertir en propiedades o invertir en la bolsa?
Ley Nº 21.461: devuélveme mi casa
Esta ley establece dos nuevas acciones disponibles a los arrendadores:
1. La posibilidad de solicitar una Medida Precautoria de restitución anticipada del inmueble arrendado en caso de existir riesgo de destrucción o deterioro del inmueble arrendado.
2. La posibilidad de acceder a un procedimiento monitorio más expedito, que consiste en que, si dentro de un plazo de 10 días desde notificada la demanda, el arrendatario no paga la totalidad de la deuda, o si opone las correspondientes excepciones establecidas por ley, el juez ordenará el lanzamiento directo del arrendatario dentro de un plazo de 10 días.
¿En qué casos puedo demandar a un arrendatario?
· No paga la renta pactada en el contrato de arrendamiento.
· Adeuda gastos comunes de la propiedad.
· Ha generado daños en la propiedad.
· Paga con abonos, por partes o en las fechas que no corresponden.
· Adeuda servicios básicos del inmueble.
· Usted quiere poner término al contrato de arrendamiento y recuperar su propiedad.
Autor: Cadepar
